Agencia EFE (04/12/2009)
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El Gobierno aprobó el pasado mes de diciembre cambiar el término "minusvalía" por el de "discapacidad" para adaptar así la terminología del real decreto de 1999 a la Ley de Dependencia y a la Clasificación Internacional del Funcionamiento de la Discapacidad y de la Salud de la Organización Mundial de la Salud (OMS).
Con los cambios aprobados por el Consejo de Ministros, las referencias que en el real decreto de 1999 se hacían a la "discapacidad" son sustituidas por "limitaciones en la actividad".
Asimismo, el término "grado de minusvalía" es sustituido por el de "grado de discapacidad", y todas las referencias que desde hace diez años se venían realizando al "grado de discapacidad", quedan sustituidas por "grado de las limitaciones en la actividad".
El Gobierno ha recordado que la Ley de Dependencia, en su disposición adicional octava, deja establecido que "las referencias que en los textos normativos se efectúen a minusválidos y a personas con minusvalía se entenderán como realizadas a personas con discapacidad".
Por su parte, la OMS tomó la decisión (cuando revisó la CIF-2001) de utilizar "discapacidad" como término genérico que incluye déficits, limitaciones en la actividad y restricciones en la participación, en lugar de "minusvalía", por la connotación peyorativa de esta palabra.
El real decreto aprobado en diciembre también incorpora a la Comisión Estatal para el Seguimiento del Grado de Minusvalía, ahora de Discapacidad, un representante de la discapacidad organizada.
Además el Consejo de Ministros ha aprobado también dos reales decretos por los que se modifican, respectivamente, la regulación del Consejo Nacional de la Discapacidad y la composición, funcionamiento y funciones de la Comisión de protección patrimonial de las personas con discapacidad.
Estos dos órganos se adaptan así a la estructura ministerial que se produjo con la última remodelación del Gobierno el pasado mes de abril.
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domingo 10 de enero de 2010
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